En Sánchez & Asociados somos expertos en Derecho de Familia y por ende contamos con suficiente capacidad profesional para ayudarle en trámite administrativo o en proceso judicial de pensión alimenticia.
El reclamo de pensión se puede hacer ante el Ministerio de la Familia, ante un Notario, ya sea Conciliación o Acuerdo o por demanda judicial.
Se debe tener en cuenta que la manutención o pensión de alimentos corresponde tanto al padre como a la madre, incluso a los abuelos, según sea el caso.
Cuando una madre ha abandonado a sus hijos o ha emigrado y los ha dejado con el padre o con los abuelos, ésta puede ser sujeta de ser demandada para que pague pensión de alimentos.
Es importante contar con un experto en Derecho de Familia para saber claramente lo concerniente a pensión de alimentos, que incluye alimentos, cuál es el porcentaje, hasta cuando se paga, de qué monto se paga, si afecta todos los ingresos; nosotros podemos ayudarte en ésto y más.
REQUISITOS PARA RECLAMAR PENSIÓN DE ALIMENTOS
Certificado de Nacimiento de los hijos.
Lista de gastos por pagar.
Documentos escolares.
Documentos médicos.
Importante saber :
El monto por pensión es 25 % por un hijo, 35 % por dos hijos y 50 % por tres hijos o más.
La persona que aduce que está pagando alimentos debe probarlo.
Se debe tomar en cuenta a los hijos de otra relación.